Certificación de Talleres de conversión de vehículos a gas natural comprimido para uso vehicular (TDCV)
Los talleres de conversión de vehiculos , para su operación, deben obtener certificado de conformidad con los requisitos tecnicos establecidos para los talleres de conversión expedido por un organismos de certificación
Criterios
Cumplimiento al 100% de los requisitos aplicables a Taller de conversión de vehículos a GNCV establecidos en el Decreto 1073 de 2015 del Ministerio de Minas y Energía Artículos: 2.2.2.6.1.1.2.1; 2.2.2.6.1.1.3.1
la Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012
Artículo 6 (Num 6.1; 6.1.1; 6.1.2; 6.1.4; 6.1.6; 6.1.7; 6.1.8; 6.1.11; 6.1.12; 6.2; 6.2.1; 6.3; 6.3.1; 6.5; 6.6; 6.7); Artículo 7 (Num 7.1); Artículo 9; Artículo 26 (Num 26.1; 26.2); Artículo 27 (Num 27.1; 27.2); artículo 34; artículo 49 y la Resolución 2881 del 1 de julio de 2014 del Ministerio de Comercio
Industria y Turismo Artículos: 2; 3; 4; 5; 7; 8; 9
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