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Certificación de Talleres de conversión de vehículos a gas natural comprimido para uso vehicular (TDCV)

Los talleres de conversión de vehiculos , para su operación, deben obtener certificado de conformidad con los requisitos tecnicos establecidos para los talleres de conversión expedido por un organismos de certificación

Información adicional de la credencial

Criterios

Cumplimiento al 100% de los requisitos aplicables a Taller de conversión de vehículos a GNCV establecidos en el Decreto 1073 de 2015 del Ministerio de Minas y Energía Artículos: 2.2.2.6.1.1.2.1; 2.2.2.6.1.1.3.1

la Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012

Artículo 6 (Num 6.1; 6.1.1; 6.1.2; 6.1.4; 6.1.6; 6.1.7; 6.1.8; 6.1.11; 6.1.12; 6.2; 6.2.1; 6.3; 6.3.1; 6.5; 6.6; 6.7); Artículo 7 (Num 7.1); Artículo 9; Artículo 26 (Num 26.1; 26.2); Artículo 27 (Num 27.1; 27.2); artículo 34; artículo 49 y la Resolución 2881 del 1 de julio de 2014 del Ministerio de Comercio

Industria y Turismo Artículos: 2; 3; 4; 5; 7; 8; 9

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